Programa de Apoyo a la Promoción y el Desarrollo de la Economía Social para el Empleo – Línea 1

Incentivos para el Desarrollo del Comercio Exterior y la Internacionalización de las pymes en Andalucía 2025
28 julio, 2025
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Programa de Apoyo a la Promoción y el Desarrollo de la Economía Social para el Empleo – Línea 1

Descripción

Estas ayudas van dirigidas a fomentar el empleo estable, cualificado y de calidad en cooperativas y sociedades laborales, así como a apoyar la realización de actividades de promoción de la economía social, y el desarrollo de proyectos que contribuyan a lograr una economía social innovadora, competitiva, emprendedora y mejor dimensionada en el marco del tejido productivo andaluz y en el de sus propios valores y principios económicos y sociales. 

Esta línea contempla dos medidas:

Medida 1.1 Apoyo a la incorporación de personas socias trabajadoras o de trabajo en Cooperativas y Sociedades Laborales.

Persigue apoyar la incorporación como personas socias trabajadoras o de trabajo en cooperativas y sociedades laborales de cualquier persona desempleada.

Medida 1.2 Contratación de gerentes y personal técnico especializado.

Promueve la contratación laboral de trabajadores para el desempeño de funciones gerenciales o directivas, o de funciones relacionadas con las distintas áreas de actividad en cooperativas y sociedades laborales, con el fin de favorecer la profesionalización de las mismas como factor clave para mantener y mejorar su posición competitiva en el mercado.

 

Plazo de Inicio

  • 27/05/2025 – 29/08/2025 (Se iniciará el día siguiente al de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, el extracto de la Resolución de 20 de mayo de 2025 (BOJA nº 98, 26/05/2025) y concluirá el 29 de agosto de 2025.)

Requisitos de las entidades solicitantes para resultar beneficiarias.

  1. Podrán resultar beneficiarias de las subvenciones previstas para cada una de las líneas enunciadas en el artículo 1.2, siempre que se encuentren en la situación que fundamenta su concesión o en las que concurran las circunstancias previstas en estas bases reguladoras, las siguientes entidades:
  2. c) Sociedades Cooperativas y Sociedades Laborales.

Deben de cumplir:

  1. d) Sociedades Cooperativas: deberán estar inscritas en el Registro de Cooperativas Andaluzas, antes de la fecha de presentación de la solicitud de subvención.
  2. e) Sociedades Laborales: deberán estar inscritas en el Registro de Sociedades Laborales de Andalucía y en el Registro Mercantil, antes de la fecha de presentación de la solicitud de subvención.

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