¿Qué es y cómo funciona una Sociedades de Garantía Reciproca. (SGR)?

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¿Qué es y cómo funciona una Sociedades de Garantía Reciproca. (SGR)?

Son entidades financieras sin ánimo de lucro, sujetas a la supervisión e inspección del Banco de España. Posibilitan el acceso al crédito en mejores condiciones de plazo y de tipo de interés a las pymes y autónomos, consiguiendo la financiación para sus proyectos.

Las SGR (Sociedades de Garantía Reciproca), están constituidas por socios partícipes, pequeñas y medianas empresas, pymes, que son las beneficiarias de su aval, así como, por socios protectores que son instituciones que aportan recursos a la SGR, mejorando su solvencia, sin derecho a solicitar garantías. En general son Administraciones Públicas, Cámaras de Comercio, Asociaciones y Entidades de Crédito.(Fuente: CESGAR)

Si bien, el objetivo principal de una SGR (Sociedades de Garantía Reciproca) es facilitar el acceso al crédito y mejorar las condiciones generales de financiación a las empresas socias, cumplen los siguientes objetivos también:

  • Otorgar garantías y avales a las pymes.
  • Negociar líneas financieras.
  • Canalizar y tramitar subvenciones.
  • Información y asesoramiento financiero a los socios.
  • Formación financiera.

Las empresas y autónomos, que necesiten financiación para un proyecto empresarial que sea viable, pueden beneficiarse de las ventajas del aval de una SGR (Sociedades de Garantía Reciproca). Se presentan en general dos casos:

  • Las empresas o autónomos que no tiene garantías suficientes para obtener un crédito de las entidades  financieras.
  • Las empresas o autónomos que teniendo garantías suficientes para ser atendido por las entidades     crediticias, sabe que con un aval de la SGR va a obtener un crédito en mejores condiciones de plazo     amortización y tipo de interés.

Ventajas del aval de la SGR (Sociedades de Garantía Reciproca) para las PYMES:

  • Acceso a la FINANCIACIÓN para empresas y autónomos con insuficiencia de garantías.
  • Mejora de las condiciones de PLAZO Y TIPO DE INTERÉS, gracias a los convenios que las SGR negocian     con las entidades de crédito.
  • Análisis sobre la VIABILIDAD del proyecto empresarial y propuesta de alternativas.     Informar y asesorar a los socios financieramente.
  • Canalizar y tramitar LÍNEAS DE AYUDA.

Ventajas del aval de la SGR (Sociedades de Garantía Reciproca) para las entidades de crédito:

  • La SGR actúa como CANALIZADOR, captando operaciones del segmento PYME para la banca.
  • La SGR realiza el ESTUDIO TÉCNICO de la operación.
  • Desaparece el riesgo de insolvencia, pues la GARANTÍA de la SGR es LÍQUIDA.
  • Mejora la RENTABILIDAD FINANCIERA, puesto que las operaciones avaladas no requieren provisión     de insolvencias, y a efectos del cálculo de coeficiente de solvencia, su riesgo pondera al 20%.

Según Cesgar, Asociación de Sociedades de Garantía Reciproca, existen 18 sociedades de Sociedades de Garantía Reciproca, aquí os dejamos sus nombre obtenidos de dicha Asociación.

La normativa que regula a las sociedades de garantía recíproca es la siguiente:

  • Ley 1/1994, de 11 de marzo, sobre régimen jurídico de las sociedades de garantía recíproca. Modificada a través de la diferentes leyes: Ley 14/2013 de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización; Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito y por último, la Ley 5/2015, de 27 de abril, de fomento de la financiación empresarial.
  • Circular 4/2017, de 27 de noviembre, a entidades de crédito, sobre normas de información financiera pública y reservada, y modelo de estados financieros. (ANEJO 9)
  • Circular 3/2008, de 22 de mayo, del Banco de España, a entidades de crédito, sobre determinación y control de los recursos propios mínimos.
  • Circular 5/2008, de 31 de octubre, del Banco de España, a las sociedades de garantía recíproca, sobre recursos propios mínimos y otras informaciones de remisión obligatoria.
  • Orden EHA/1327/2009, de 26 de mayo, sobre normas especiales para la elaboración, documentación y presentación de la información contable de las sociedades de garantía recíproca.
  • Real Decreto 84/2015, de 13 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades de crédito.

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