El Servicio Andaluz de Empleo, en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas como responsable de la gestión de las políticas activas de empleo, ha aprobado una nueva orden para regular la próxima convocatoria de subvenciones, en concurrencia no competitiva, al empleo estable en Andalucía.
Con un alcance estimado de más de 35.000 personas desempleadas y un presupuesto que alcanzará en los 170.000 millones de euros, pretende contribuir a la reactivación del mercado de trabajo y la actividad económica, incentivando la contratación indefinida en la Comunidad Autónoma.
Los incentivos están dirigidos a impulsar la recuperación y generación del empleo estable en Andalucía y tienen como objetivo reactivar el mercado de trabajo e impulsar la recuperación y creación de empleo estable en la comunidad, mediante la concesión de subvenciones dirigidas a la contratación indefinida de personas desempleadas.
Podrán solicitar la subvención los siguientes sujetos o entidades:
Se entenderá que una persona o entidad desarrolla su actividad en Andalucía cuando tenga en alta una cuenta de cotización a la Seguridad Social en una provincia andaluza.
La contratación indefinida o fija discontinua subvencionada deberá suponer un incremento neto de la plantilla fija de la persona o entidad empleadora tomando como referencia el periodo de los tres meses anteriores a la contratación. Los requisitos deberán mantenerse desde la presentación de la solicitud y hasta la resolución de la concesión de la ayuda.
Además, se contemplará lo previsto en el apartado 4.c) del cuadro resumen de las bases reguladoras.
Con carácter general, la cuantía de la subvención será de 3.500 euros por cada contrato laboral indefinido formalizado, a jornada completa, con una persona desempleada.
El requisito de la edad deberá cumplirse a la fecha de inicio de la actividad laboral.
Se consideran personas con discapacidad, a los efectos de esta orden, aquellas que presentan mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo: personas con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33% que padezcan parálisis cerebral, trastorno de la salud mental o con discapacidad intelectual, incluidas las personas con trastorno del espectro del autismo, así como las personas con discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65%, de conformidad con lo previsto en la letra c) del artículo 5 del Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, por el que se regulan los programas comunes de activación para el empleo del Sistema Nacional de Empleo.
Se establecerán en la convocatoria.
Las solicitudes se presentarán por medios electrónicos, a través de la Ventanilla Electrónica de Administración (VEA). El enlace directo al trámite de solicitud estará disponible a partir de la publicación de la resolución de convocatoria.
El presupuesto asignado a esta línea de incentivos al impulso y la generación de empleo estable será consignado en la resolución de convocatoria, que recogerá también la distribución del crédito entre las distintas provincias andaluzas.
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