DERECHO DIGITAL: ¿Cómo proteger los datos personales de mis parientes fallecidos? El zombi digital (II)

DERECHO DIGITAL: ¿Cómo proteger los datos personales de mis parientes fallecidos? (I)
17 noviembre, 2021
What to do in case of delays and loss of goods in road transport?
5 diciembre, 2021
DERECHO DIGITAL: ¿Cómo proteger los datos personales de mis parientes fallecidos? (I)
17 noviembre, 2021
What to do in case of delays and loss of goods in road transport?
5 diciembre, 2021
Mostrar todo

DERECHO DIGITAL: ¿Cómo proteger los datos personales de mis parientes fallecidos? El zombi digital (II)

Cualquier ciudadano que viva en el mundo actual, incluso ya nuestros mayores, de alguna manera u otra tienen una vida digital, sea como creadores activos o como consumidores pasivos de contenidos digitales, y que incluyen informaciones, representaciones de todo tipo visuales, sonoras, gráficas o escritas en formato electrónico almacenadas, reproducidas, transmitidas o comercializadas a través de redes o servicios de telecomunicaciones. Así por ejemplo podemos incluir cualquier prestación o aplicación que podamos imaginar, como reprodución de videos en streaming (amazon prime, filmin, neftlix, hbo etc), redes sociales (facebook, what´s up etc), almacenamiento de datos en la nube (cloud), video-juegos o una infinidad de aplicaciones más. Normalmente llevan aparejados perfiles perfectamente determinados con nuestros datos de indentificación, preferencias seleccionadas, contenidos consumidos, documentos subidos, cuentas bancarias o medios de pago y en general un acervo digital vinculado a una «identidad virtual», que es como un avatar creado por nosotros (o «inducido» por el prestador de servicio) que ejecuta decisiones dentro de una variedad de opciones que le ofrecen en una dimensión digital generando un rastro de muy diverso tipo y que, finalmente, quedará reflejado o grabado electrónicamente en la red, a veces localizado y controlado otras literalmente perdido como si de una «basura» digital se tratase. El Sujeto Actuante o Cibernauta (que somos cualquiera de nosotros en el momento que accedemos o «actúamos» al servicio digital referido)  crea, o se deja crear, un Sujeto Virtual que cobra una vida propia (un perfil digital o múltiples). El avatar digital, en cuanto derivado de nuestra personalidad, queda bajo la protección jurídica de ésta y tambien bajo su responsabilidad, pero el asunto no resulta tan fácil porque la procedencia de la «identidad virtual» no siempre está clara, bien intencionadamente (a través de perfiles falsos o anónimos) o bien porque la identidad de quien lo creo no puede ser acreditada con seguridad, o incluso porque la propia interactuacion comunitaria de los perfiles en determinados programas o servicios de internet puede generar confusion sobre quien de verdad está actuando.

Como primera conclusión, tenemos un sujeto virtual responsable, generador de derechos y obligaciones con personalidad civil a través del sujeto actuante, el sujeto real que generó el perfil a través de una identidad virtual en la red. Aquí nuestra imaginacion puede anticipar un sin fin de supuestos como ya ha hecho el cine o la televisión (Tron, Matrix, Ready Player One, Black Mirror o West Word son las más famosas), piénsese en la necesidad de regular el mundo virtual paralelo de realidad aumentada que puede consumir horas y horas de conexión extraídas de nuestra vida real y que además pretenderá y en todo caso interactuará y generará consecuencias en el mundo real, la estructura empírica corpórea de nuestro mundo no coincide que ese mundo virtual no corpóreo; por ejemplo imaginense consecuencias en el espacio físico en el manejo de herramientas virtuales, (utilización de drones o vehículos sin conductor, control de vías de comunicaciones, reuniones en realidad aumentada con presencia virtual de sujetos, premios monetarios video-juegos, apuestas virtuales, el uso múltiple ya tan generalizado de bitcoins). La intermediación de un mundo virtual con sus propios supuestos de funcionamiento interfiere en la atribución de derechos y obligaciones y en la generación de responsabilidades hasta ahora conocidas. Además hay que contar con los efectos cognitivos en el proceso de reflexión y toma de decisiones del sujeto físico ya modificado por internet, más acelerado en un mundo virtual con una ingente información sin procesar ni estructurar, que puede generar responsabilidades por alteraciones mentales o físicas que se puedan causar, por no mencionar las derivadas de la inteligencia artificial o del mundo de los robots que cada vez gozan mayor autonomía de interacción con los humanos.

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.