Ayudas para Comercio y Artesanía en modalidad A

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Ayudas para Comercio y Artesanía en modalidad A

Mejora DEL EQUIPAMIENTO PRODUCTIVO , INSTALACIONES Y OTROS ACTIVOS FIJOS.

Personas beneficiarias:

 Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones, las personas trabajadoras autónomas y pymes del sector comercial y artesano. Se entenderá comprendida en el sector comercial cuando desarrolle al menos una actividad económica encuadrada en el ámbito del comercio dentro de los códigos de la CNAE al nivel de clasificación detallado en el Anexo I de esta orden, salvo los relativos a la fabricación, transformación y comercialización de tabaco y sus productos derivados. Asimismo se entenderá comprendida en el sector artesano, cuando conste su inscripción en el Registro de Artesanía de Andalucía.

 

Cuantía de las subvenciones.

  1. La subvención ascenderá a una cuantía que alcanzará el 100% del importe solicitado, con un límite máximo subvencionable por cada persona solicitante de: 
  2. a) Para un establecimiento: 40.000 euros. 
  3. b) Para dos o más establecimientos: 60.000 euros.
  4. c) Para proyectos exclusivamente online o comercio ambulante: 30.000 euros. d) Adicionalmente a las cantidades anteriores, para un nuevo establecimiento comercial o artesano: 20.000 euros.

La inversión mínima a realizar para que el proyecto se conceda asciende a 4.000 €.

Gastos subvencionables. 

  1. Se considerarán gastos subvencionables aquellos que hayan sido contraídos dentro del periodo de ejecución determinado en la convocatoria y se encuentren efectivamente pagados desde el inicio del mismo hasta la finalización del período de justificación. En todo caso los bienes o servicios deben estar entregados o prestados dentro de dicho periodo de ejecución. Asimismo deberán cumplir con los criterios de selección de operaciones aprobados el 7 de mayo de 2024 por el Comité de Seguimiento del Programa de Andalucía FEDER 2021-2027 y con la Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Transición Justa para el período 2021-2027.
  2. Los proyectos de la modalidad A comprenderán medidas dirigidas a promover inversiones que incrementen la eficiencia y fomenten la innovación mejorando espacios de desarrollo, así como la mejora de la imagen de la actividad empresarial, con el fin de aumentar la competitividad. Los gastos a subvencionar en esta tipología tendrán como objetivo marcar la diferencia del negocio, atrayendo a nueva clientela con el fin de incrementar su productividad. Podrán incluir uno o varios de los siguientes gastos: 1.º Costes de los servicios profesionales de elaboración y redacción del proyecto de reforma y/o decoración. 00308738 Número 197 – Miércoles, 9 de octubre de 2024 página 51789/10 Boletín Oficial de la Junta de Andalucía BOJA Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X https://www.juntadeandalucia.es/eboja 2.º Obras de reforma y acondicionamiento de la superficie de exposición, almacenaje y venta del local comercial y del establecimiento o taller artesano, como suelos, climatización, revestimientos, etc, con el fin de mejorar la competitividad de la empresa.
  3. Adquisición de equipamiento y mobiliario de uso en la zona dedicada a la exposición, almacenaje y venta y al establecimiento o taller artesano, con el fin de mejorar la competitividad de la empresa.
  4. Obras de mejora y acondicionamiento de la fachada exterior del local comercial o el taller artesano, incluidos los elementos necesarios para ello, como escaparates, carteles, puertas, marquesinas y toldos, con el fin de mejorar la competitividad de la empresa.
  5. En el caso de pymes artesanas además la adquisición de equipamiento y maquinaria utilizados en el proceso de elaboración de los productos artesanos.
  6. En el caso de que la persona solicitante desarrolle una actividad de comercio ambulante que cuente con autorización municipal, podrán obtener una ayuda para la realización de inversiones en la adaptación de vehículos de transporte como tienda, o en la instalación de equipo de frío para el transporte y la venta de productos de alimentación, con el fin de mejorar la competitividad de la empresa.

Fecha límite: 25 Noviembre del 2024.

 

Pide información sin compromiso en info@lexconsulting.es

BOJA24-197-00055-51789-01_00308738 BOJA24-209-00002-52896-01_00309845

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